Sí, pero con límites. En Argentina la publicidad profesional está regulada por las normas de ética de los colegios de abogados, que varían según la jurisdicción donde estés matriculado. En general no se admite la publicidad comparativa contra otros profesionales, ni prometer resultados o plazos de resolución, ni los avisos que puedan inducir a engaño.
Lo que sí se puede comunicar es tu especialidad, tu trayectoria y datos verificables y objetivos. Conviene revisar las normas de tu colegio antes de publicar, porque el responsable ante una sanción es el abogado.